Programa de Recuperación de Medicaid

Si usted ha recibido una carta del Programa de Recuperación de Costos de Medicaid (MERP) de Texas y se ha visto afectado por el COVID-19, llame al 800-641-9356 para proporcionar una actualización. El personal de MERP atenderá cada llamada y trabajará en cada caso para tratar de satisfacer sus necesidades específicas.

Medicaid es un programa del gobierno que paga los servicios de atención médica de personas con ingresos limitados. Algunos de estos servicios se prestan conforme las personas van envejeciendo. Medicaid paga los servicios que ayudan a las personas a permanecer en su propia casa. También paga para que las personas se muden a una casa de reposo si eso es lo que necesitan.

Para ayudar a pagar dichos servicios de atención a largo plazo, cada estado debe tener un Programa de Recuperación de Medicaid (MERP). Si usted recibió servicios y apoyos a largo plazo de Medicaid, el estado de Texas tiene el derecho de reclamar que se le devuelva dinero de su caudal hereditario después de su muerte. En algunos casos, es posible que el estado no pida nada, y el estado nunca pedirá más dinero del que gastó en pagar por sus servicios. El programa es administrado por el sistema de Salud y Servicios Humanos (HHS) de Texas.

Información sobre el MERP

¿A quiénes afecta el MERP?

Este programa solo tomará en cuenta los servicios y apoyos de atención a largo plazo que usted reciba después de los 55 años, y solamente si los solicitó por primera vez después del primero de marzo de 2005. Si solicitó estos servicios antes del primero de marzo de 2005, el MERP no le afecta. Si su nombre estaba en una lista de interesados antes de dicha fecha pero no llenó la solicitud de servicios hasta después del primero de marzo de 2005, el MERP sí le afecta.

El MERP afecta los siguientes servicios y programas:

  • Atención en un centro de reposo
  • Centros de atención intermedia para personas con una discapacidad intelectual o un padecimiento relacionado (ICF/IID)
  • Los siguientes programas opcionales de Medicaid:
  • Servicios de Ayudante en la Comunidad (CAS)
  • Programa de Alternativas en la Comunidad (CBA)
  • Servicios de Apoyo y Asistencia para Vivir en la Comunidad (CLASS)
  • Programa Opcional Combinado (CWP)
  • Programa para Personas Sordociegas con Discapacidades Múltiples (DBMD)
  • Servicios en el Hogar y en la Comunidad (HCS)
  • Administración de Atención Integrada (ICM)
  • STAR+PLUS (servicios de atención a largo plazo)
  • Programa de Texas para Vivir en Casa (TxHmL)

Servicios en el Hogar y en la Comunidad (HCS)

El MERP también afecta los costos de ciertos servicios hospitalarios y de medicamentos con receta que usted recibe. El MERP no afecta el programa de Atención Esencial en Casa (PHC).

Si no está seguro de si el MERP se aplica a los servicios que usted actualmente recibe o va a recibir, debe preguntarle al administrador de su caso de Salud y Servicios Humanos.Las personas inscritas para recibir atención médica administrada de Medicaid deben comunicarse con su coordinador de servicios de su plan de salud para obtener más información.

¿Cómo funciona este programa?

Cuando una persona solicita Medicaid y servicios y apoyos a largo plazo, el estado le da proporciona un aviso que donde se le explica cómo funciona el MERP. Al morir la persona, el estado envía un aviso distinto al representante del caudal hereditario la propiedad testamentaria o a los herederos, en el que les informa de la intención del estado de presentar un reclamo de derechos. El aviso le pedirá información al representante para que el estado pueda determinar si debe presentar un reclamo de MERP.

¿Qué es el caudal hereditario?

Se conoce como caudal hereditario a toda propiedad, como dinero, una casa u otra pertenencia de valor que una persona deja a sus familiares o a otras personas (herederos) cuando fallece. El MERP no se aplica a todas las propiedades que una persona pueda poseer. Algunos ejemplos de las propiedades que el estado no reclamará son:

  • Pólizas de seguro de vida que nombran a una persona para recibir el pago.
  • Cuentas bancarias que se pagan a otra persona después del fallecimiento.

¿Hay veces en que el estado no pide que se le devuelva el dinero?

Sí, el estado no pedirá que se le devuelva el dinero si:

  • Hay un cónyuge que aún vive.
  • Hay algún hijo menor de 21 años.
  • Hay algún hijo de cualquier edad que es ciego o discapacitado total y permanentemente, según los requisitos del Seguro Social.
  • El valor del caudal hereditario es de $10,000 o menos.
  • La cantidad de los gastos de Medicaid es de $3,000 o menos.
  • Hay un hijo adulto soltero que vivió continuamente en la casa del beneficiario de Medicaid durante por lo menos un año antes de la muerte del beneficiario.
  • El costo de la venta de su propiedad es más de lo que vale la propiedad.

Además, el estado no pedirá la devolución de dinero si el hacerlo causaría dificultades excesivas a los herederos.

¿Cómo define el estado una dificultad excesiva?

El estado puede determinar que existe una dificultad excesiva cuando:

  • La propiedad del caudal hereditario era un negocio, una granja o un rancho familiar por lo menos durante los 12 meses anteriores al fallecimiento de la persona que recibía Medicaid, y es la fuente principal de ingresos de los herederos.
  • Los herederos necesitarían asistencia pública si el estado presenta un reclamo de derechos del MERP para la devolución de dinero.
  • Los herederos podrían dejar de recibir la asistencia pública si el estado no presentó un reclamo de derechos del MERP.
  • La persona fallecida recibía los servicios porque era víctima de un delito.
  • Hay otras circunstancias que pueden ser causa de dificultades excesivas.

Un tipo de dificultad excesiva se aplica solo a la casa. Si el valor de la casa habitación principal es de menos de $100,000, y si uno o más de los herederos tiene ingresos familiares por debajo de cierta cantidad, el estado no puede pedir la devolución de dinero. En 2019, el límite de ingresos para una persona es de $37,470. Para una familia de 2 personas, es de $50,730. Estas cantidades se ajustan cada año.

El estado no otorgará una exención por dificultades excesivas a menos que los herederos de la persona la pidan y proporcionen pruebas de dichas dificultades.

Si el caudal hereditario tiene deudas como gastos funerarios, legales o de hipoteca, estas deudas se pagan antes de pagar un reclamo de derechos al MERP.

¿Reducirá el estado alguna vez la cantidad que se debe?

Sí la reducirá; si usted u otra persona gasta dinero para el mantenimiento de su casa mientras usted está en una casa que reúna los requisitos, dichos gastos se pueden deducir del reclamo del MERP. Si usted u otra persona gasta dinero para pagar la atención que le permita vivir en su casa más tiempo antes de ingresar a una casa de reposo, dichos gastos por la atención prestada una vez que reúna los requisitos para recibir los beneficios de Medicaid también se pueden deducir.

Los herederos necesitan tener recibos que demuestren lo que se gastó en la casa o en los servicios de la persona cuando le pidan al estado que deduzca dichos gastos del reclamo del MERP. El estado puede permitir deducciones del reclamo de derechos para la recuperación de gastos necesarios y razonables, como:

  • Costos de mantenimiento de la casa, como impuestos de inmuebles, cuentas de servicios públicos, seguros, reparaciones a la casa y otros gastos de mantenimiento, tales como jardinería, para personas que reciben servicios cubiertos por Medicaid en un centro de reposo.
  • El pago directo de los costos de la atención médica (incluso el pago de atención de un ayudante personal) prestada al difunto beneficiario de Medicaid que le permitió permanecer en su casa y por lo tanto demoró la necesidad de ingresar a un centro.

¿Qué sucede si regalo o traspaso mis bienes antes de mudarme a una casa de reposo?

Si regala recursos sin recibir remuneración por ellos, o se niega a aceptar ingresos, o si reduce ingresos que podría recibir antes de mudarse a una casa de reposo, puede ser que:

  • Se le sancione por no pagar los servicios del centro de reposo o del ICF/IID cuando tenía los medios para hacerlo.
  • El estado tome la decisión de que usted no llena los requisitos para recibir servicios de un programa opcional o de un centro residencial con apoyo estatal.

El estado podría revisar los últimos 60 meses antes de que usted solicitara los servicios de la casa de reposo, del ICF/IID o del programa opcional, para determinar cuándo ocurrió la reducción de sus ingresos y el traspaso de recursos.

NO OLVIDE TOMAR EN CUENTA que la HHSC y su personal, incluidos sus abogados, tienen prohibido prestar ningún tipo de asesoramiento legal o recomendar al público cualquier acción específica. Cualquier persona que necesite asesoramiento legal o asistencia con la planificación del caudal hereditario tiene derecho a contactar o contratar a un abogado de su elección. Para obtener más recursos, le animamos a que se comunique con la agencia regional para adultos mayores de su zona correspondiente.

¿Cómo obtengo más información sobre el Programa de Recuperación de Medicaid?

hhs.texas.gov/es/MERP
merp@hhsc.state.tx.us

La HHSC tiene un contrato con Health Management Systems, Inc. (HMS) para administrar el Programa de Recuperación de Medicaid. Para obtener información sobre un caso específico, llame gratis a HMS al 800-641-9356 o envíe un correo electrónico a: txestates@hms.com.

Cuando reciba una carta de aprobación de HMS, el representante del caudal hereditario del beneficiario de Medicaid fallecido debe comunicarse con la línea de recursos para terceros de Texas Medicaid & Healthcare Partnership (TMHP) llamando al 800-846-7307, y seleccionar la opción de reclamación por una lesión, accidente o para información. Recursos para terceros de Texas Medicaid & Healthcare Partnership (TMHP) determina si existen otras reclamaciones de Medicaid pendientes sobre el caudal hereditario que pudieran ser recuperables a través de otros activos, y si HHS es el beneficiario residual de los activos. Entre los ejemplos de posibles activos pagaderos a HHS se incluyen fideicomisos, anualidades, indemnizaciones por daños y perjuicios (como demandas por lesiones, acuerdos o adjudicaciones legales) y coberturas de seguros que no sean de Medicaid.

Si usted tiene un problema o una queja, debe primero hablar de ello con alguien del programa MERP. En muchos casos, el personal podrá explicarle determinadas políticas o resolver el problema inmediatamente. Si no está satisfecho con la resolución del problema o la queja, puede comunicarse con la Oficina del Ombudsman de HHS llamando al 877-787-8999, o puede exponer el problema o la queja por Internet en hhs.texas.gov/es/ombudsman.

Normas, estatutos y formularios del MERP

Normas y estatutos

Formularios